Por Gabriel Doménech

La intensidad de la crítica existente entre los profesores españoles de Derecho es escasa,

sobre todo si la comparamos con la que se observa en otros países. No resulta fácil encontrar por estos pagos análisis en los que se señalen los defectos de las investigaciones realizadas por los colegas.

Seguramente nada ilustra mejor este fenómeno que las recensiones bibliográficas contenidas en nuestras revistas jurídicas, también en las más prestigiosas, serias y relevantes. El lector podrá comprobar que, salvo en muy contadas y extrañas ocasiones (véanse un par de sonados ejemplos aquí y aquí), todo son alabanzas. No hay libro malo; ni siquiera mediocre; sólo buenos o muy buenos. Invariablemente, todos están escritos en un lenguaje exquisito, impecable, sobrio, correcto, claro y preciso; lógicamente estructurados; bien construidos; tratan temas novedosos, de gran actualidad o extraordinario calado dogmático; son siempre obras muy oportunas y hasta necesarias, que vienen a colmar una importante laguna existente en la literatura jurídica de nuestro país; examinan sistemática y exhaustivamente la legislación, la jurisprudencia y la doctrina españolas y, cuando procede, también las de algún ordenamiento jurídico extranjero oportunamente traído; contienen análisis brillantes, completos, ricos, profundos, detallados, minuciosos, concienzudos, reveladores, serios, sugerentes y definitivos; ofrecen argumentos sólidos, bien fundados y convincentes; aportan luz; abren nuevas perspectivas; y, en fin, constituyen obras de enorme interés y utilidad, altamente recomendables cuando no de imprescindible o incluso obligada lectura, que están llamadas a erigirse en referencias fundamentales, por las que hay que felicitarse y que a partir de ahora deberán ser tenidas muy en cuenta y en su caso citadas por cualquier jurista teórico o práctico que pretenda acercarse a los temas estudiados. No se advierten errores, incongruencias, omisiones o defectos. Todo está fetén.

Hay que ser extremadamente candoroso o acabar de llegar desde otro planeta para creerse de verdad todas esas afirmaciones. En nuestras revistas se da noticia, indudablemente, de algunos libros excelentes que merecen las alabanzas que con toda sinceridad se les dedican. Pero cualquiera sabe, también, que muchas reseñas no constituyen sino ejercicios más o menos logrados de «falsificación de preferencias». El recensionista piensa una cosa del trabajo considerado y dice otra. No revela al público su verdadera opinión al respecto, sino que la falsifica o, en el mejor de los casos, la edulcora o la silencia. Como bien ha señalado Alejandro Nieto (2001, p. 657):

«Es lamentable que en España –y si no se quiere generalizar tanto, en la bibliografía de su Derecho administrativo– carezcamos por completo de algo tan importante como son recensiones críticas de libros, cuya ausencia produce efectos deletéreos graves… El recensionista debe ejercer una función de censura académica digna y necesaria. Lo que aquí no se hace, puesto que como sólo se recensiona ordinariamente por compromisos de amistad, no se separa el grano de la paja y todo se resuelve en alabanzas rituales que ni siquiera informan».

Hay básicamente dos motivos por los que alguien puede decidirse a elaborar una reseña bibliográfica, a pesar del esfuerzo que conlleva. El primero es el más presentable: el deseo de proporcionar al público información científicamente útil sobre un libro que ha leído, ora para resaltar aspectos positivos del mismo, ora para criticarlo y poner de relieve sus defectos, ora para ambas cosas. El segundo es más cuestionable: muchas veces uno se siente presionado, de manera directa o indirecta, por alguien de su entorno. Las presiones pueden obedecer, a su vez, a diversas causas. Por ejemplo, a menudo se sugiere a los investigadores noveles, con buen criterio, que ejerciten su espíritu crítico y rompan la mano con la recensión de algún que otro libro. Otras veces hay detrás intereses menos altruistas. Se trata de hacer publicidad o propaganda de la obra en cuestión, con fines comerciales, reputacionales o de promoción profesional. Repárese, por ejemplo, en que uno de los criterios que la CNEAI utiliza para evaluar la investigación del profesorado universitario es el de si las publicaciones consideradas han recibido «reseñas y críticas en revistas especializadas». Las presiones pueden revestir diferentes grados de intensidad. Algunas tienen una fuerza difícilmente resistible: imaginemos que un maestro le «pide» o «sugiere» explícitamente a su joven discípulo que recensione su último trabajo. Otras son más débiles: piénsese en la presión que engendra el principio de reciprocidad, cuando alguien escribe sobre un libro con la esperanza de que en el futuro se le devuelva el favor. O en el profesor que regala a varios colegas sendos ejemplares de su más reciente publicación con una dedicatoria que invita tácita y sutilmente a la recensión, por si alguno pica.

En cualquiera de tales casos, el contenido de la reseña puede verse influido por semejantes presiones. La probabilidad y el grado de la influencia dependerán principalmente de la capacidad que el autor recensionado o la persona que hizo el «encargo» tengan de incidir sobre la vida futura del recensionista. Resulta esperable que exista una correlación positiva entre dicha capacidad y el tono laudatorio del escrito.

Esta práctica tiene consecuencias bien negativas,

como fácilmente se comprende. Nieto (2001, p. 657) ha llamado la atención sobre dos de ellas:

«Por un lado, el estudioso, abrumado por la abundancia editorial, no puede orientarse y, en consecuencia, deja a un lado obras útiles e incluso esenciales, mientras que pierde su tiempo en lecturas intrascendentes al no haber sido alertado previamente… Y, por otro lado, la generalización de las recensiones de encargo –que desamparan al lector, como acabo de decir– dejan al autor en una soledad difícil, ya que los amigos, por halagarle, no le sugieren rectificación alguna y no evitan, en consecuencia, que siga tropezando».

Según lo vemos nosotros, esta práctica produce esas y otras consecuencias negativas, no sólo para el lector y el autor, sino también para otras personas. Vamos a suponer que todos ellos tratan de maximizar la utilidad esperada de sus decisiones, a la vista de los costes y beneficios que éstas implican.

Los potenciales lectores sólo se leen una recensión si estiman que el esfuerzo merece la pena porque perciben que hay una probabilidad suficiente de encontrar allí: (a) «orientación», información que les permita cribar e identificar aquellas obras que merecen atención, a fin de invertir de manera eficiente su escaso tiempo; o (b) información intrínsecamente valiosa, datos, reflexiones o ideas que al hilo de la obra en cuestión amplíen sus conocimientos científicos sobre una determinada materia.

Los recensionistas sólo escriben una reseña excelente, que proporciona información verdaderamente útil a los potenciales lectores, si el esfuerzo que ello requiere sale a cuenta a la vista de: (c) las represalias que el autor recensionado pueda adoptar en el futuro; y (d) los beneficios reputacionales, curriculares y «morales» derivados de proporcionar información científicamente útil a los lectores.

Supongamos que los autores recensionados sólo escriben libros excelentes si los beneficios reputacionales, curriculares y morales derivados de su publicación y difusión compensan el enorme esfuerzo invertido.

La práctica descrita genera

Una situación de información asimétrica,

en la que algunas de las partes implicadas poseen mejor información que otras sobre las circunstancias de las que dependen los resultados de ciertas «transacciones». Uno de los grandes problemas que plantean estas situaciones es que pueden llegar a impedir que se concluyan «acuerdos» netamente beneficiosos para los individuos afectados (Myerson y Satterthwaite,1983).

Imaginemos que hay dos tipos de libros y recensiones (de excelente y de mala calidad). Tanto el recensionista como el autor recensionado conocen obviamente el tipo de trabajo que ambos han escrito, a diferencia de los potenciales lectores. Supongamos que Ticio es capaz y estaría dispuesto a escribir una recensión excelente –léase informativa, inteligente, crítica, sincera, etc.–, si al menos cien colegas la leyeran. Hay, ciertamente, cien profesores a los que les gustaría leerla, pero sólo si tuvieran la certeza bastante de que es efectivamente excelente. Sería deseable para todos, pues, que la «transacción» se produjera: que aquél redactara y publicara su trabajo y éstos lo leyeran, lo tuvieran en cuenta, hablaran eventualmente bien de él, etc. La pega es que, como todos sabemos, muchos recensionistas «falsifican sus preferencias», por lo que un cierto porcentaje de los libros y correlativas reseñas que se publican son malos, a pesar de que éstas digan lo contrario. Y dado que esos cien profesores son incapaces de separar el grano de la paja –no pueden apreciar la calidad de los libros sino después de habérselos leído– muchos de ellos estimarán que no vale la pena prestar atención a reseña alguna, por considerar demasiado probable encontrarse con una mala, que les lleve a engaño. El resultado será que Ticio, que es lo suficientemente sagaz como para anticipar esta reacción por parte de sus compañeros, no escribirá la recensión y éstos, obviamente, la ignorarán. Y lo mismo les pasará a las personas que se hallen en una situación sustancialmente igual a la de Ticio. En suma, el «todos somos buenos» desalienta que se escriban y lean reseñas de buena calidad, lo cual va en contra de los intereses de (casi) todos y del progreso científico. Nótese que

Esta práctica también desincentivará y dificultará la elaboración y la lectura de libros buenos

En primer lugar, porque al desalentar y, por lo tanto, reducir la cantidad de reseñas excelentes, que permiten al público identificar los libros excelentes, el número de lectores de éstos menguará y, por lo tanto, escribirlos resultará menos atractivo, en términos de reputación, posibilidades de promoción, satisfacción personal, etc. Correlativamente, el riesgo de quedar en evidencia y sufrir las subsiguientes consecuencias negativas por haber publicado un libro malo decrecerá, lo que estimulará su publicación. En segundo lugar, de resultas de lo anterior los autores recibirán menos feedback sobre su trabajo –menos información sobre los errores cometidos, posibilidades de mejora y otros puntos relacionados que pueda ser aprovechada en futuras investigaciones–, no sólo de los recensionistas, como señala Nieto, sino también del resto de la comunidad científica.

La referida asimetría informativa también puede provocar un fenómeno de selección adversa, por el que la mala mercancía acabe expulsando del mercado a la buena

(Akerlof, 1970). Imaginemos que, en un área de conocimiento donde sólo se publicaban críticas excelentes, algunos investigadores, por las razones que sean –v. gr., relacionadas con los  sexenios o las acreditaciones–, comienzan a escribir reseñas malas, en plan «todo es perfecto». Al cabo del tiempo, los miembros de la comunidad advertirán que las cosas han cambiado, que ahora hay cierto riesgo de encontrar reseñas que inducen a error. Por las circunstancias previamente señaladas, algunos de ellos –los que ya antes menos interés tenían en las recensiones, aunque fueran de sobresaliente calidad– dejarán de leerlas, lo que provocará que otros dejen de escribirlas, según hemos visto. ¿Y quiénes tenderán a ser estos últimos? O, dicho de otra manera, ¿qué recensiones dejarán de publicarse? Pues, probablemente, aquéllas de mayor calidad, por la razón de que son aquellas cuya confección requiere más tiempo y esfuerzo y, en consecuencia, ahora resultan más difíciles de rentabilizar, habida cuenta de que el número de lectores ha menguado. Con el tiempo, por consiguiente, la proporción de recensiones malas irá incrementándose; y la de buenas, reduciéndose. El riesgo de leer una que induzca a error aumentará, el número de lectores será cada vez más pequeño, la calidad de las reseñas irá a peor, etc.

Así las cosas, ¿qué convendría hacer?

Los déficits de crítica existentes en la doctrina jurídica española tienen raíces muy profundas: la escasa competitividad de nuestras Facultades de Derecho y su profesorado; la homogeneidad del mismo; las presiones sociales engendradas por su estructura piramidal, por la excesiva fragmentación de las áreas de conocimiento jurídico, por la evaluación centralizada de la investigación; la orientación de ésta hacia los problemas de lege lata y no de lege ferenda; el provincianismo jurídico, etc. Combatir estos problemas requeriría acometer reformas legislativas igualmente profundas, que aquí no vamos a considerar.

Debe notarse, sin embargo, que la comunidad científica también puede adoptar algunas medidas, relativamente modestas y poco costosas, que permitan al menos reducir esos déficits de crítica o mitigar sus efectos. En el caso concreto de las recensiones, nos encontramos ante un equilibrio socialmente indeseable, ante una situación en la que prácticamente ninguno de los actores implicados tiene los incentivos necesarios para actuar de modo diferente a como lo están haciendo, para romper el círculo vicioso en el que se hallan inmersos y publicar recensiones críticas, a pesar de que todos son o deberían ser conscientes de que dicha situación es mala para casi todos ellos y desde luego para el progreso de la ciencia. Resulta muy significativo que Alejandro Nieto (2001, p. 657), inmediatamente después de señalar los efectos deletéreos de la referida práctica, de la que él se considera una víctima, confiese que siempre la ha observado y nunca se ha desmarcado de ella:

«Esto es lo que pienso ahora y he pensado siempre, pero no lo que he hecho. Confieso que en este punto he sido infiel a mí mismo: nunca me he atrevido a ser el primero en la ruptura de la inercia».

Pues bien, el sujeto o los sujetos que han definido, formal o informalmente, la estructura del actual «juego de las recensiones» ­–v. gr., el consejo de redacción de la correspondiente revista­– podría y debería modificar esa estructura, cambiar las reglas del juego, a fin de que los participantes cuenten con los incentivos necesarios para llegar a otra solución más conveniente para todos. Necesitamos que alguien nos ate las manos de alguna manera para que no terminemos jugando la partida a la que la situación actual inexorablemente nos aboca. Cabría valorar, por ejemplo, la posibilidad de establecer

  • el rechazo de las recensiones que corren un mayor riesgo de ser poco objetivas, como por ejemplo aquellas en las que alguien reseña un libro publicado por su maestro académico, por un amigo o por un compañero del mismo departamento;
  • la inadmisión de las no solicitadas por el consejo de redacción de la revista (ésta es, por ejemplo, una de las normas establecidas para la publicación en la Revista Española de Derecho Constitucional, aunque me consta que no siempre se observa); o
  • sencillamente, la no publicación de recensión bibliográfica alguna.

La fotografía