Por Norberto J. de la Mata

La Sentencia 522/16, de 29 de diciembre, del Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla acaba de condenar a un catedrático de la Universidad Hispalense a la pena, entre otras, de seis años y nueve meses de prisión por tres delitos continuados de abusos sexuales y un delito de lesiones. En la excelente reflexión que sobre este caso realiza María Acale, catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Cádiz, en su contribución del 12 de enero a Nueva Tribuna cuestiona, entre otras cosas, por qué no se aprecia la existencia de tres delitos de acoso sexual, reclama la puesta en marcha en la Universidad de mecanismos profilácticos que eviten las situaciones de acoso e insiste en que no basta su mera aprobación, sino la adopción de las medidas necesarias para que la comunidad universitaria conozca su contenido.  Y en el estudio “Rompiendo el silencio en las universidades españolas” publicado en Violence Against Women por cuatro investigadoras de las Universidades de Barcelona, Girona y Rovira i Virgili se señala que el 62% del alumnado admite haber sido víctima o testigo de abusos sexuales (perpetrándose uno de cada cuatro casos por docentes) y que sólo se denunciaron en el 8% de los casos ocurridos.

El texto de los arts. 181.1 y 180.º.4ª del Código Penal (abuso sexual agravado por prevalimiento) es claro:

“El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra personal, será castigado […]”, conducta agravada con mayor pena cuando “[…] el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad […]”.

También lo es el de los arts. 184.1 y 2 del mismo texto (acoso sexual por prevalimiento):

“El que solicitare favores de naturaleza sexual […] en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios […]”, “[…] prevaliéndose de una situación de superioridad […]”.

¿Tan frecuentes son estas situaciones en la Universidad? A uno, universitario, le gustaría creer que no. Igual que le gustaría creer que en la Universidad funcionan los criterios de mérito y capacidad. Igual que le gustaría creer que ya no estamos en la Universidad feudal de no hace tantos años. O igual que le gustaría creer que no se prevarica. Pero es lo que le gustaría creer. Como la propia profesora Acale recuerda en su artículo que incluso, citando el Auto de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 18 de diciembre de 2008,

en determinados momentos se ha[ya] entendido que es consustancial a la Universidad una dosis ‘normal’ de acoso” (¡!).

¿Consustancial? Quizás frecuente, pero ¿consustancial?

Finaliza su trabajo la catedrática con la frase “fuera el machismo de la Universidad” mostrando su tristeza “como mujer y como universitaria” por los comportamientos anti-universitarios que reflejan noticias como la de la Sentencia del juzgado sevillano. También habría que mostrarse entristecido “como universitario”, sin más, pero me temo que salvo en casos especialmente graves, especialmente escandalosos como el enjuiciado por el juzgado sevillano, van a seguir existiendo situaciones de abuso y acoso.

Por muchas razones.

Porque, como señala el estudio referido, el 69% de las personas encuestadas tiene dudas respecto a si la Universidad apoyaría a las víctimas y la mayoría no identifica situaciones de control o humillación como un tipo de violencia o porque como en el caso de la universidad sevillana no se denunciaran los hechos por quien los conocía. Pero, en mi opinión, y sobre todo, porque muchas veces se desconoce por quien lo sufre qué es acoso o abuso y qué no lo es, o se quiere desconocer, y se desconoce por quien lo realiza qué es acoso o abuso y qué no lo es, o se quiere desconocer. Y esto es lo que hay que tener claro. Partiendo de que quien está en una situación de dominación tiene que entender que la otra persona puede condicionar su comportamiento por ese hecho. Partiendo de que le es exigible a quien está en esa situación que no genere situaciones de compromiso. Partiendo de que le es exigible que no se equivoque o que no genere o aproveche situaciones equívocas, que no crea que es lo que no es. Partiendo de que le es exigible que entienda la situación de desigualdad existente y todo lo que ello implica de cara a la no “normalidad” de las relaciones que pueden establecerse a partir de ella.

Quien tiene poder y lo ha tenido siempre, quien da y quita, quien sigue creyendo que estamos en la Universidad de hace veinte o treinta años va a seguir también creyendo que es tan “estupendo” que no sólo hay que reírle las gracias, dejarse coger del brazo, aceptar entrar en el estúpido juego de directas e indirectas (“si sólo es un poco de ligoteo…”), va a seguir creyendo que los abrazos, los besos, lo que sea que se le ocurra forma parte del trato paterno-feudal que se supone puede llevar a cabo por el hecho de estar en la posición a que ha llegado. Y hay que seguir riendo las gracias. Es que algunos son tan estupendos…

¿Es importante la sentencia de Sevilla? No me parece que lo sea. Es un caso judicial, como otros muchos, que habrá que analizar jurídicamente cuando estemos ante sentencia firme. Lo importante es que una vez más quienes componemos la Universidad (porque “la Universidad” en sí no es nada) seguimos demostrando no estar a la altura. En éste y en tantos otros temas, ya que, en mi opinión, no es sólo (que lo es) cuestión de machismo, sino de un abuso de poder pluriforme que no todas las personas saben evitar. Y lo que a mí más me importa: de una tolerancia con el mismo que obliga a sonrojarse. Eso sí, que cada cual asuma su responsabilidad. Si la tiene.


Foto: Universidad de Sevilla