Tercera edición
La tercera edición celebrada de «Tu mejor clase» tuvo lugar en la Facultad de Derecho de Granada y en colaboración con la editorial Comares, con motivo de la presentación de los libros de Almacén de Derecho.
Allí, tres de los mejores profesores de Derecho en España impartieron su mejor clase, ofreciendo el mejor contenido jurídico de la mano de quienes mejor saben transmitirlo.
Colaboraron:
Jesús Alfaro
Catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad Autónoma de Madrid, consultor en Linklaters y Miembro del Consejo Académico de Fide
Para qué sirve el derecho
Diego Liñán
Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Granada y coordinador académico del Centro de Documentación Europea
Sanciones internacionales: fortaleza política y debilidad jurídica
Miguel Pasquau
Catedrático de Derecho Civil y magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
La prescripción extintiva
Tu Mejor Clase
Segunda edición
El Almacén se ha convertido en referencia del pensamiento jurídico. Lo citan jueces y ministros. Inspira a abogados y teóricos del derecho. Todo un corpus de conocimiento alimentado, en gran parte, por la vocación didáctica de nuestros mejores profesores y catedráticos universitarios.
A algunos de ellos les pedimos, un año más, que impartieran en directo su mejor clase a 30 jóvenes. Y el resultado no ha podido ser mejor.
Tres especialistas, tres temas jurídicos fascinantes y un caso analizado. ¿Quién dijo que el derecho no podía ser divertido?
Colaboraron:
Marta Llorente
Catedrática de Historia del Derecho y las Instituciones en la Universidad Autónoma de Madrid
Fernando Pantaleon
Catedrático en Derecho Civil en la Universidad Autónoma de Madrid
Juan Antonio Lascuraín
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid
Tu Mejor Clase
Algunos de los mejores profesores del Almacén de Derecho han impartido su mejor clase para 30 jóvenes abogados. Porque el derecho es divertido e intelectualmente fascinante.
Las clases deben desarrollar el pensamiento crítico e inspirar en la búsqueda de soluciones jurídicas a los problemas.
Lo demostramos con cuatro profesores, treinta jóvenes abogados, cuatro temas jurídicos y un caso.
Colaboraron:
Juan Antonio García Amado
Catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de León
Los sistemas jurídicos y sus normas o de cómo no hay más derecho que los sistemas jurídicos diversos
Francisco Garcimartin Alférez
Catedrático de Derecho Internacional Privado en la Universidad Autónoma de Madrid
Derechos reales en el Derecho Internacional Privado: Cuando de quién son las cosas depende de dónde estén
José María Rodríguez de Santiago
Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad Autónoma de Madrid
La discrecionalidad de la Administración: Cómo manda la Administración cuando la Ley no manda
Jesús Alfaro
Catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad Autónoma de Madrid
Caso práctico
Hay un tuitero renombrado que usaba como avatar el de @dexamina.
Llegó a tener más de 20 mil seguidores y se hizo una reputación de acidez en la crítica política de las posiciones de izquierda y, sobre todo, nacionalistas.
El resultado fue que Twitter, en aplicación de sus directrices sobre contenido admisible e inadmisible, le suspendió la cuenta y luego se la canceló definitivamente.
@dexamina volvió a la carga con nuevas cuentas que eran sistemáticamente canceladas cada vez a mayor velocidad.
Twitter es, para muchas personas, una parte importante de su ocio y una fuente de información y contacto que contribuye a lo que el art. 10 de la Constitución llama “libre desarrollo de la personalidad”. Pero, a la vez, es un servicio gratuito al que se puede acceder – sin interactuar – aunque no se tenga cuenta.
Asesoramos a @dexamina por un lado y a Twitter por otro.
- ¿Tiene derecho
@dexamina a que no le cierren la cuenta si no es por causa justificada y con posibilidades de alegar lo que a su derecho proceda? - ¿El carácter gratuito del servicio elimina cualquier derecho de los usuarios?
- ¿Sería aplicable el derecho antitrust o el derecho de la competencia desleal o el derecho contractual?
- ¿A quién hay que demandar? ¿Se puede demandar a Twitter España o hay que demandar a Twitter Inc. o a TwitterDublin?
- ¿Qué Derecho es aplicable?
- ¿Tiene derecho Twitter a cerrar las cuentas discrecionalmente?
- ¿Son relevantes las condiciones generales que el que abre una cuenta en Twitter tiene que aceptar?
- ¿Es válida una condición general que dijese que twitter se reserva el derecho de suspender y cerrar las cuentas que considere procedente?