Por Francisco Marcos

3915 sentencias dictadas por 50 Audiencias provinciales

Ayer hizo cinco años desde que la Audiencia Provincial de Murcia dictase la primera sentencia de apelación sobre los daños causados por el cártel de camiones (P v. Man Financial Services España SL, MP: R. Fuentes, ES:APMU:2019:1308). Desde entonces, cincuenta Audiencias Provinciales se han pronunciado ya sobre el cártel, y las sentencias dictadas alcanzan el número de (s.e.u.o) 3914. La Audiencia de Salamanca es la última que se ha pronunciado sobre el asunto la semana pasada (sentencia nº 310/24, Javier y Ana Transportes SL v. DAF Trucks, MP: J.Mª Crespo de Pablo) con lo que sólo falta que lo hagan las de Castellón, Huelva y Las Palmas.

Esta entrada analiza algunas cuestiones relevantes (y otras curiosas) sobre este inmenso corpus de resoluciones de apelación registradas hasta la fecha. Como es sabido, se han resuelto ya más de doscientos recursos de casación interpuestos frente a las primeras sentencias de apelación (por medio de dos docenas sentencias y 183 autos o providencias de inadmisión, s.e.u.o.), imponiendo el Tribunal Supremo una indemnización uniforme del 5% del precio de compra de los camiones (Almacén de Derecho 8/5/24). Según CENDOJ, constan admitidos otros 120 recursos de casación, que seguramente (conforme al artículo 487.1 LECiv tras la modificación introducida por el Decreto-Ley 5/23) serán resueltos mediante autos que devolverán el asunto a la Audiencia de procedencia para que estime el daño en el 5%.

Dado el elevado número de sentencias dictadas por casi todas las Audiencias Provinciales (sólo faltan por pronunciarse las de Castellón, Huelva y Las Palmas), un examen de todas las sentencias de apelación dictadas en este lustro proporciona una ilustración gráfica de la litigación en el asunto.

 

Un 93,2% de las sentencias pueden consultarse en CENDOJ. La Audiencia provincial que ha dictado un mayor número de sentencias es la de Almería (339), seguida de Oviedo y de A Coruña (esta última es la que se ha pronunciado sobre un mayor número de camiones cartelizados-1.659-, seguida de la Audiencia de Zaragoza -1.628-). Hasta la fecha los tribunales de apelación se han pronunciado sobre reclamaciones sobre aproximadamente 23.000 camiones cartelizados, muy por debajo de la cifra total de camiones afectados por el cártel (véase “¿Cuántas víctimas del cártel de los fabricantes camiones hay en España?” Almacén de Derecho 9/7/19).

Hay una decena de magistrados que han sido ponentes de más de 70 sentencias cada uno de ellos (aunque adviértase que J.J. Pérez, I. Martín Verona, y R. Fuentes en la “etapa murciana”, han sido los únicos ponentes en las respectivas secciones de sus Audiencias).

 

Magistrado Audiencia Nº Sentencias
S. Calero Almería 182
J.J. Pérez Pontevedra 166
J.A. Lozano Almería 155
I. Martín Verona Valladolid 137
J.A. Soto-Jove Oviedo 108
L. Fernández Márquez A Coruña 97
Mª P. Martorell Valencia 90
R. Fuentes Murcia/Madrid/Alicante 86
J. Antón Oviedo 86
M.J. Covián Oviedo 71

Dado el tiempo transcurrido desde el comienzo de los litigios, varios magistrados han cambiado de tribunal en este tiempo. Algunos magistrados han sido ponentes en sucesivas Audiencias, es el caso de B. Ballesteros (en Valencia y Murcia) y, sobre todo, de R. Fuentes (en Murcia, Madrid y Alicante). También, media docena de magistrados que en su momento dictaron sentencias en la instancia resuelven últimamente recursos de apelación (es el caso de Mª J. Fernández Alcalá, C. Fernández de Marigorta, A. Muñoz, E. Pastor, A. Salom y A. Serrano). Finalmente, también hay alguno que ha hecho el recorrido en sentido contrario (F. J. Soriano).

Hasta que el Tribunal Supremo dictó la segunda tanda de sentencias sobre este asunto el 14 de marzo de 2024 (Almacén de Derecho 8/5/24), la mayoría de los tribunales de apelación confirmaban los pronunciamientos de la instancia. En los últimos tiempos, la “solución igualitaria” prescrita por el Alto Tribunal ha provocado un significativo cambio de tendencia: en los últimos tres meses son varias las Audiencias que, modificando su criterio precedente, corrigen a la baja lo dictaminado los jueces de instancia (i.e., todas las que aceptaran las pretensiones del reclamante o estimasen el daño por encima del 5% del precio del vehículo).

 

Al final de la apelación, el 95% de los fallos son favorables a las víctimas del cártel, aunque hay un 5% de fallos desestimatorios, principalmente por falta de esfuerzo del demandante en la cuantificación del daño indemnizable (incluso después de las sentencias del Tribunal Supremo sobre la “primera oleada” de las que hablamos en Almacén de Derecho 10/7/24, véanse v.gr., ES:APC:2023:2733 y ES:APV:2024:28). Al margen de la falta de esfuerzo en la cuantificación del daño, aunque existe disparidad en los pronunciamientos de las Audiencias al respecto, últimamente son varias las desestimaciones por las dudas sobre el precio de los camiones cuando el demandante no conservaba la factura u otra prueba del precio de compra del camión (v. gr., ES:APC:2024:627) o con la afectación del cártel a los vehículos adquiridos en 2011(v. gr., ES:APM:2024:4640).

Lógicamente, como ocurre en la instancia, la mayoría de las sentencias resuelven apelaciones en frente a reclamaciones individuales (67,4%), casi siempre dirigidas contra un único demandado (el fabricante del camión en cada caso). Adicionalmente, un millar de fallos de las Audiencias se refieren a asuntos en los que la reclamación comprendía los daños causados en la compra de un solo vehículo.

Aunque el informe pericial utilizado por el reclamante haya devenido irrelevante tras la solución prescrita por el Tribunal Supremo (i.e., la indemnización prescinde para la estimación del daño de las diferencias en los informes utilizados por los demandantes), en las sentencias dictadas el informe Caballer es el más utilizado (54,7%), seguido de PQAxis (9,7%), el pseudo-informe basado en metadatos (6,7%), Zunzunegui & Sobrino (4,8%), LBP (5,8%), Addvalora (4,5%) y Naider (1,8%). El resto de los informes se utilizan en menos de un 1% de las sentencias. En más de 200 sentencias no es posible identificar el informe pericial que utilizaba el reclamante.

Las sentencias referidas a reclamaciones de daños por la compra de un mayor número de camiones cartelizados son 363 vehículos en la sentencia de la sección 4ª de la Audiencia de Santander de 6/2/24 (Transportes Arniella SA v. Renault Trucks, MP: Mª Gallardo, ES:APS:2024:364) y 300 camiones en la sentencia de la sección 3ª de la Audiencia de Burgos de 23/10/23 (Transhiguero SL v. Volvo AB/Renault Trucks. MP: I. J. Barcala, ES:APBU:2023:851). Casi doscientas sentencias no permiten conocer el número de vehículos a que se refería la demanda, pero los datos disponibles evidencian una notable fragmentación y dispersión de las acciones, pues más de la mitad de todas sentencias (1.767) se refieren a reclamaciones por los daños en la compra de menos de tres camiones cartelizados.

Por el otro lado, en el 98,7% de las sentencias se demandaba a un único fabricante, y sólo en una cincuentena sentencias la reclamación había dirigido a dos o más fabricantes. El mayor número de demandados (cuatro de los fabricantes partícipes en el cártel) se registra en la sentencia de la sección 8ª de la Audiencia de Alicante (Grúas y Desguaces el Campeón v. IVECO/Volvo/Daimler/MAN, MP: E. García-Chamón, ES:APA:2024:120). El reparto de sentencias por fabricante no se separa grosso modo de las respectivas cuotas de mercado de los fabricantes durante el cártel.

Finalmente, aunque la cuestión se suscita en muy pocas sentencias, cuando la reclamación se dirige a un fabricante, pero incluye camiones fabricados por otros, mayormente los tribunales establecen sin ambages la responsabilidad solidaria (v. gr., sentencias de la Audiencia de Valencia de 26/1/21, S. v. Daimler, MP: P. Martorell, ES:APV:2021:170; y de la Audiencia de Girona de 20/4/22, Pages SL v. Daimler, MP: N. Lefort, ES:APGI:2022:533, incluyendo varios camiones IVECO; sentencias de la Audiencia de Valencia de 1/3/22, Juan Martínez Rosaleny v. DAF, MP: R. Mª Andrés, ES:APV:2022:676, y de  2/6/22, Aldatrans SL v. DAF, MP: R. Giménez, ES:APV:2022:2148, incluyendo varios camiones Volvo y MAN; sentencia de la Audiencia de Valencia de 23/11/22, Juan Martínez Navarro, SA v. DAF, MP: R. Mª Andrés,  ES:APV:2022:3819, incluyendo camiones Volvo y MAN; sentencia de la Audiencia de León de 19/3/23 (Mirat Combustibles SL v. IVECO, ES:APLE:2023:666, MP: Mª T. Cuena, incluyendo dos camiones DAF y otro IVECO), aunque haya habido alguna sentencia que afirme lo contrario (sentencia de la Audiencia de Oviedo de 3/4/24, G. et al v. IVECO, MP: J.M. Raposo, ES:APO:2024:1241, que excluye un camión Renault y otro MAN; sentencia de la Audiencia de Vizcaya de 17/7/23, Aldaiturriaga SA v. Volvo, MP: E. Rodríguez, ES:APBI:2023:747, que excluye 21 de los 24 camiones al considerar que fueron adquiridos antes de que comenzara la participación en la infracción de la demandada).


Agradezco a Margarita Alonso-Graña, Lluís Bielsa, Javier Borque, Jaime Concheiro, Juan De la Cruz, Rafael Fuentes, Javier García de la Serrana, Pedro González, Manuel Martín, Sergio Mencher, Almudena Vázquez y a algunos magistrados que me hayan proporcionado copia de las sentencias que no disponibles en CENDOJ referidas en esta entrada.

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