Norberto J. de la Mata

 

La constatación del cambio climático es ya un hecho. Y, una vez los científicos han hecho su trabajo, explicado los datos y ofrecido sus conclusiones ahora toca a los juristas, primero, y a los políticos, después, hacer su trabajo. ¿Puede ayudar el Derecho penal internacional a conseguir los reivindicados 1,5 grados de aumento de calentamiento de la tierra y 0 emisiones netas de carbono en el año 2050? Puede, pero que nadie piense que en él está la solución. Porque el Derecho penal (internacional y estatal) sólo va a hacer frente (sólo puede y debe hacer frente) a las agresiones medioambientales especialmente graves (en peligro o lesión). ¿Entonces? ¿Estamos dispuestos a los cambios sociales, económicos, estructurales, vitales que son los que pueden conducir a esos objetivos científicamente reclamados?

Cuatro datos: 1º la producción de un teléfono móvil de 80 gramos consume 44,4 kilogramos de recursos naturales, o sea, que una persona que cambia de móvil cada dos años habrá consumido una tonelada de recursos (Certideal), 2º un Smartphone produce 95 kilos de CO2 en su vida útil (Universidad de Surrey), 3º en los próximos veinte años la huella de carbono de la totalidad de smartphones mundial supondrá el 14% del total, la mitad de lo que en la actualidad emite la industria del transporte (Back Market), 4º una sola batería de móvil no reciclada contamina 600.000 litros de agua, consumo doméstico en un día de todo España (Universidad de Surrey). ¿Estamos dispuestos a renuncia al móvil? ¿y a las cápsulas de café? ¿y a viajar en avión, sustituyéndolo por travesías atlánticas de 21 días? ¿y a comprar en kilómetro cero? ¿y a prescindir de las ochenta camisetas que tiene cada menor de veinticinco años? ¿y a…? Y la respuesta mayoritaria será, seguramente, no, no, no…

¿Quiere eso decir que debemos renunciar desde el Derecho a realizar propuestas que contribuyan no ya a evitar el empeoramiento de nuestras condiciones climáticas y medioambientales, sino incluso a mejorarlas? En absoluto. Pero, eso sí, conscientes de que, como en todos los ámbitos punitivos, el Derecho sirve para regular consensos sociales, el Derecho penal previene y reprime comportamientos especialmente lesivos y el Derecho internacional exige importantes consensos, al menos, de mínimos.

Por otra parte, es también un hecho que la lucha, social y gubernamental contra el cambio climático surge desde sociedades avanzadas y consolidadas económicamente, exigiéndose a las que están en otra muy diferente época de desarrollo que asuman propuestas que quizás nosotros no estábamos dispuestos a asumir hace cuarenta o cincuenta años. Siendo así, ¿quién asume el coste, que lo tiene, del cumplimiento de los objetivos reclamados desde la COP21 de Paris? ¿Estamos dispuestos a renuncias y a compensar o financiar la sostenibilidad de un desarrollo de países con menor nivel de vida con nuestros impuestos? Y en una lucha que sólo tiene eficacia si es global, ¿cómo podemos conseguir resultados con una contestación cada vez más fuerte en países de la Unión Europea como Polonia, Hungría o Chequia o en otros como China, India, Brasil, Estados Unidos o Arabia Saudita?

Muchos interrogantes.

En todo caso, como decía, ello no impide que desde el Derecho penal se intente contribuir en una lucha en la que hay que implicar a todo el mundo. No en el sentido del Acuerdo de París, testimonial, declarativo, sin virtualidad real, sino con propuestas jurídicas realmente comprometedoras, con definición de conductas a prevenir, con previsiones de sanciones penales a aplicar.

Es lo que se intenta hacer en la Propuesta de convención internacional sobre ecocidio y ecocrímenes “Hacia un Derecho penal internacional del medio ambiente”, elaborada por un equipo dirigido por Laurent Neyret y en el que colaboran  profesores de Francia, Italia, Brasil, Luxemburgo, Estados Unidos y que cuenta con la presencia del profesor español Adán Nieto y la colaboración de la también profesora española Marta Muñoz de Morales. En la Propuesta de convención (son dos en realidad las propuestas, una para la lucha contra los delitos ecológicos y otra para la lucha contra el ecocidio) se describen en texto articulado las medidas sancionatorias, preventivas y de aplicación que se proponen en lo que pretende ser una Propuesta que vaya más allá de lo que hasta ahora hay en esta materia, que, salvo en el ámbito del Consejo de Europa, de la Unión Europea y de la OEA, es prácticamente nada y casi siempre puramente testimonial.

Ahora bien, todo texto de esta naturaleza debe tomar partido -y lo hace la Propuesta, aunque en mi opinión desde un punto de vista de mínimos no siempre de modo suficientemente protector- sobre una serie de cuestiones controvertidas y sobre las que no hay consenso pleno: 1ª ¿Apostamos por la tutela de un bien jurídico vinculado a los derechos humanos o independiente de éstos? 2ª ¿Sancionamos los comportamientos imprudentes y no sólo los dolosos? 3ª ¿Sancionamos los comportamientos de peligro y no sólo los lesivos? 4ª ¿Sancionamos los comportamientos con independencia de su posible licitud conforme a la normativa ambiental estatal interna?, 5ª ¿Sancionamos a las personas jurídicas? 6ª ¿Sancionamos a los gobernantes? 7ª ¿Sancionamos a los Estados? 8ª ¿Apostamos por una jurisdicción universal? 9ª ¿Apostamos por una Corte internacional específica? 10ª ¿Cómo puede hacerse eficaz el mandato de la Convención sin la firma y ratificación de un número importante y cualificado de estados?

Estamos en una fase incipiente a este nivel, pero si los científicos han hecho ya su trabajo y los juristas lo están (estamos) haciendo con las contribuciones doctrinales ya existentes, con las propuestas de la Asociación Internacional de Derecho Penal o del grupo de trabajo del profesor Neyret (y antes de Delmas-Marty o de Tiedemann) o con las discusiones llevadas a cabo en cursos, encuentros y reuniones, es hora ya de que en el día a día de nuestras pequeñas decisiones lo hagamos -de verdad- los ciudadanos y en la toma de las decisiones de auténtico calado lo hagan -de verdad- los políticos, porque ni -por definición- las Empresas lo van a hacer ni con ello hay que cargar a niñas y niños, que tienen que estar en otras cosas.


foto: @thefromthetree