Por Jesús Alfaro Águila-Real

 

1. Cómo habría de calificarse un contrato – y, por tanto, dónde habría que buscar la regulación aplicable – por el que un promotor inmobiliario encarga a un individuo que le busque compradores para los pisos de dos promociones que había puesto en marcha?

2. ¿La definición de agencia es idéntica a efectos de la Ley de Contrato de Agencia y a efectos del Derecho de la Competencia?

3. Agencia, Distribución y Servicios logísticos. ¿Cómo se distinguen entre sí?

4. Deber de preavisar la terminación del contrato de agencia. La denuncia unilateral como modo de terminación del contrato de agencia. ¿Qué significa que la denuncia es un derecho potestativo? ¿Qué consecuencias tiene esa calificación? ¿Qué diferencia hay entre la denuncia ordinaria y la denuncia extraordinaria?

5. ¿Tiene derecho el distribuidor a no ser discriminado en relación con otros distribuidores? ¿Puede terminar el contrato el principal si el distribuidor no alcanza los volúmenes de venta pactados en el contrato?

5. ¿Qué relevancia tiene la equidad en el contrato de agencia?

6. Indemnización por clientela.  ¿Qué requisitos han de reunirse para que proceda la indemnización por clientela? Si Antonio SL encarga a Bárbara SL que busque compradores para una promoción inmobiliaria ¿tendrá Bárbara SL derecho a la compensación por clientela? ¿Tiene derecho a la indemnización por clientela el agente que desiste del contrato porque el principal le ha modificado la remuneración?

7. Legitimación pasiva en el contrato de agencia: ¿Puede TEINRE demandar a EMERSONFILIALESPAÑOLA?

8. Prescripción de acciones en contrato de agencia. ¿Cuál es el plazo de prescripción de la acción del agente para reclamar a su principal la indemnización por clientela? ¿Y para reclamar el pago de sus comisiones?