Por Andreas von Tuhr*
Hay casos excepcionales en que una persona, intencionadamente, declara lo que no quiere.
Caben (varias)… hipótesis… una divergencia consciente entre la declaración y la voluntad, cuando el declarante, a sabiendas de que lo declarado no responde a su intención se lo reserva en secreto… La reserva mental no puede engendrar los efectos propios de la declaración… es este un postulado inderogable sobre el cual descansa la seguridad del comercio jurídico y la confianza en la palabra dada. La reserva es siempre ineficaz, aun cuando no responda… a motivos inmorales… Muy semejantes… son los casos en que una persona formula una declaración en broma, con la evidencia de que esta falta de seriedad no ha de pasar desapercibida para la otra parte (iocandi o docendi causa)… Mas puede ocurrir, por culpa de especiales circunstancias o de la torpeza del declarante, que la persona o personas a quienes se dirige tomen en serio la declaración. En este caso y por regla general, habrá que considerarla válida…. A falta de normas especiales, no habrá más remedio que aplicar los preceptos referentes al error… el declarante sufre error al emitir una declaración válida en la creencia de que no iba a surtir efecto, por parecerle evidente que todo el mundo habría de conocer su falta de seriedad…
Existe simulación cuando el declarante está de acuerdo con el destinatario de la declaración en que ésta no tenga eficacia, tratándose únicamente de despertar, a los ojos de terceras personas la apariencia de una declaración válida y eficaz. A veces, las partes se limitan a forjar una apariencia de negocio jurídico; pero, otras veces, a la par con el negocio simulado o ficticio celebran un contrato serio, encubierto o velado (disimulado) por aquél, y, como según la ley, se ha de estar a la voluntad real y concordante de las partes que contratan, es evidente que el negocio simulado es un negocio nulo, mientras que el otro, el disimulado, surtirá efectos, siempre y cuándo se den en él todos los requisitos que le son propios. Así, por ejemplo, si bajo una venta simulada se esconde una donación, esta será válida, suponiendo que medie la entrega material de la cosa; no lo será, en cambio, si sólo se cruza al respecto, una promesa verbal.
… La simulación deberá apreciarla el juez de oficio… puede ser invocada, no solo por las partes… sino por cualquier tercera persona a quien el negocio interese. Así por ejemplo, el deudor cedido puede alegar contra el cesionario que la cesión es simulada. Y lo mismo un acreedor del cedente que trate de embargar el crédito cedido… la simulación puede aducirse contra todo tercero y principalmente contra los sucesores jurídicos o causahabientes del adquirente simulado, salvo en aquello en que éste quede comprometido por las normas que amparan las adquisiciones de buena fe y contra sus acreedores, cuando éstos traten de embargar el derecho adquirido por simulación…
Si, por ejemplo, el acreedor cede a X. el crédito para que éste lo haga efectivo en vez de limitarse a darle poder, existe cesión, y surte sus efectos ya que cumple fielmente la intención de las partes, que es asignar al cesionario una protección más firme en la cobranza del crédito que si se tratase de un simple poder. El hecho de que X. deba atenerse a las instrucciones de acreedor, como mandatario suyo, le convierte en fiduciario, pero no autoriza para considerar simulada la cesión. Tampoco tienen carácter simulado, por lo general, sino fiduciario, los actos de disposición realizados con la mira de sustraer ciertos bienes a la acción de los acreedores. Y cuanto más intensa sea la intención fraudulenta del predisponente, tanta mayor razón habrá para entender que la voluntad de enajenar es real y no fingida, y que el intersado desea abrazar el medio a la par que el fin. Un traspaso simulado de propiedad sólo puede darse, a mi juicio, cuando el pretendido cedente no desea disponer… de la cosa, sobre todo cuando ésta permanezca en poder del enajenante. Para liquidar estos conflictos no hace falta acudir al concepto de la simulación; basta con declarar nulo el constituto posesorio convenido con miras fraudulentas, por real que sea la intención de los contratantes. La transmisión con fines de garantía se realiza a veces por medio de una compraventa simulada. Pero de la simulación de la compraventa no se deduce… que sea también simulada la transmisión de la propiedad. El adquirente quiere… convertirse en propietario, aunque no en concepto de comprador, sino para garantía de sus crédito.
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Foto: Pedro Fraile