Por Alessandro De Chiara, Ester Manna, Antoni Rubí-Puig y Adrian Segura
En el artículo Efficient Copyright Filters for Online Hosting Platforms, recientemente aceptado para su publicación en la revista Information Economics and Policy, desarrollamos un modelo económico para estudiar cómo debería diseñarse la regulación de las plataformas digitales que alojan contenido generado por usuarios cuando existe riesgo de infracción de derechos de autor. Nos centramos en los incentivos de los distintos actores implicados —plataformas, titulares de derechos y usuarios— para evaluar si el marco normativo actual, basado en sistemas de filtrado automatizado y en el procedimiento de “notice and takedown«, genera resultados eficientes desde el punto de vista del bienestar social.
La normativa vigente, tanto en la Unión Europea (Artículo 17 de la Directiva 2019/790 sobre derechos de autor en el mercado único digital) como en Estados Unidos (Digital Millennium Copyright Act, sección 512), permite a las plataformas eludir su responsabilidad si eliminan con celeridad el contenido tras recibir una notificación de infracción. Esta regla de “puerto seguro” tiene como objetivo evitar litigios costosos y favorecer la cooperación entre plataformas y titulares de derechos. Sin embargo, observamos que este sistema genera distorsiones significativas. Por un lado, las plataformas pueden invertir poco en sistemas de filtrado eficaces, confiando en que basta con reaccionar ante las notificaciones. Por otro lado, los filtros automáticos pueden bloquear contenido legítimo (por ejemplo, usos amparados por excepciones como la parodia o la crítica), y los titulares de derechos pueden enviar notificaciones sin valorar adecuadamente la licitud del contenido afectado.
Nuestro modelo incorpora estas fricciones y propone una reforma normativa que permita corregir los incentivos. En primer lugar, sugerimos la supresión del blindaje automático de las plataformas frente a la responsabilidad y la introducción de un sistema de pagos o compensaciones —positivas o negativas— ligadas a la publicación de contenido infractor. Este pago debería reflejar no solo el daño que sufre el titular del derecho, sino también los beneficios que obtienen los usuarios y los creadores de contenido cuando este se publica legítimamente. Con ello, se induciría a las plataformas a desarrollar filtros que optimicen la relación entre exactitud, costes y libertad de expresión.
En segundo lugar, analizamos el comportamiento de los titulares de derechos y su uso de sistemas automáticos para detectar infracciones. Mostramos que, en ausencia de sanciones, los titulares pueden tener incentivos a enviar notificaciones abusivas o erróneas. Proponemos introducir una penalización cuando un tribunal determine que una notificación fue infundada y la plataforma acertó al mantener el contenido. Esta sanción debe ser proporcional al daño que habría correspondido al titular en caso de que efectivamente se hubiera producido una infracción.
La solución normativa que proponemos combina así un enfoque ex ante —a través de incentivos a la inversión en tecnología de filtrado eficiente— con un componente ex post —que disciplina la conducta de los titulares de derechos cuando se abusa del sistema de notificaciones. Esta estructura permite un equilibrio más eficiente entre la protección del derecho de autor y la salvaguarda del uso legítimo de las obras.
Además, exploramos extensiones relevantes del modelo, como el caso de plataformas que externalizan la tecnología de filtrado, los supuestos de infracción menor donde la monetización puede ser preferible a la eliminación, o los escenarios en que el contenido original tiene un valor intrínseco para los usuarios. En todos estos casos, adaptamos nuestras recomendaciones para preservar los objetivos de eficiencia y proporcionalidad.
Este trabajo contribuye al debate europeo y norteamericano sobre la regulación de las plataformas digitales en materia de propiedad intelectual. Frente a soluciones normativas centradas exclusivamente en la responsabilidad, nuestro enfoque propone alinear los incentivos privados con el bienestar social, evitando tanto la censura innecesaria como la impunidad de la infracción.
Museo de Nueva Zelanda, Te papa tongarewa