Por José María Rodríguez de Santiago

 

Hechos

James Taylor volvía en su moto (una Ducati Supersport 750), el 19 de enero de 2021, de Valencia a Málaga, por la Carretera Nacional 340. Al pasar por el punto kilométrico 646, en un tramo en curva, se vio sorprendido por una vaca parada en la carretera. La maniobra realizada por el Sr. Taylor para evitar al animal tuvo como resultado que la moto se desestabilizara y su conductor se cayera, saliera despedido y terminara impactando contra una de las vigas de sujeción de la bionda (plancha metálica con forma de doble onda) o quitamiedos. Como efecto del carácter cortante de esas vigas, el golpe seccionó la pierna izquierda del Sr. Taylor por encima de la rodilla. El animal se había escapado de una finca que linda con la carretera, donde se sitúa una explotación ganadera, debido al mal estado de la valla destinada a evitar que los animales salgan de ella.

El 21 de marzo de 2022 el Sr. Taylor formuló solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración ante el Ministerio de Fomento. La solicitud fue desestimada expresamente con el argumento de que el daño no era imputable a la actuación administrativa, sino al propio conductor (que, según el atestado instruido en su momento por la Guardia
Civil, viajaba a 145 km./h.) y a la falta de diligencia de don Pedro Alcántara, titular de la explotación ganadera de la que se escapó el animal.

Interpuesto recurso contencioso-administrativo, la representación procesal del Sr. Alcántara alegó la falta de jurisdicción del órgano judicial contencioso-administrativo. A su juicio, la responsabilidad extracontractual de don Pedro debería ser enjuiciada por un órgano judicial de la jurisdicción civil, por tratarse de un pleito entre particulares; y, además, el órgano judicial civil no debe aplicar la regulación de la responsabilidad patrimonial de la Administración, sino el art. 1905 del Código civil.

 

Resuelva las cuestiones que plantea el caso

Material:

STS 7159/2009 – ECLI:ES:TS:2009:7159